De forma muy escueta, sin exponer el o los motivos, sin calificar los hechos y sin apuntar las consecuencias; World Padel Tour ha anunciado hoy con un simple tuit la apertura de un expediente sancionador contra Fernando Belasteguin y Pablo Lima por los incidentes ocurridos con el público en el partido de cuartos de final del Estrella Damm La Nucía Open 2015.
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El Comité de Disciplina Deportiva, tras su reunión de ayer, ha decidido iniciar este procedimiento sancionador al detectar indicios de una o varias infracciones en la conducta de ambos jugadores.
Cabe recordar que Fernando Belasteguin y Pablo Lima protagonizaron un incidente con algunos de los espectadores que presenciaron el encuentro de cuartos de final que les enfrentó a Agustín Gómez-Silingo y Cristian Gutiérrez.
En varias fases del encuentro, numerosos aficionados silbaron a los jugadores, en especial a Bela, por varios remates que impactaron en el cuerpo de sus rivales.
El jugador respondió con diversos gestos durante el juego hacia una zona determinada del gradería del Pabellón de la Ciutat Esportiva Camilo Cano. Al finalizar el partido, Bela y Lima lanzaron dos bolas hacia la grada. Una de ellas impactó en una mujer que requirió asistencia médica en un centro hospitalario.
Tanto el argentino como el brasileño pidieron perdón poco después a través de las redes sociales y, al día siguiente, tras el partido de semifinales. Además, el de Pehuajó contactó directamente con la afectada.
Posibles sanciones a Belasteguin y Lima
Las acciones protagonizadas por Bela y Lima podrían ser consideradas como infracciones muy graves (el pelotazo) o grave (los gestos) si el citado órgano las encuadra en los apartados C de los Artículos 22 y 23 del Reglamento de Disciplina Deportiva de World Padel Tour.
En el primero, quedan recogidos como infracciones muy graves “los comportamientos, actitudes y/o gestos agresivos y/o antideportivos, que revistan una especial gravedad, cuando se dirijan a jugadores/as, juez-árbitro, árbitro, técnicos, espectadores, organizadores, miembros del WPT o cualquier persona relacionada con el torneo o la competición, así como las declaraciones públicas que inciten a la violencia”.
En este sentido, destaca en dicho epígrafe como objeto de dicha infracción “el abuso físico, entendido como agresión a jugadores/as, juez-árbitro, árbitro, técnicos, espectadores, organizadores, miembros del WPT o cualquier persona relacionada con el torneo o la competición”.
Las posibles sanciones que establece el Capítulo II de este reglamento oficial para las infracciones muy graves (que no sean por dopaje) son diversas, en función de la consideración de la infracción:
· Multas económicas (que oscilarán desde 3.000 euros a 15.000 euros).
· Prohibición de acceso a los lugares de desarrollo de las pruebas por un palo de dos a cinco años.
· Inhabilitación para ocupar cargos en la organización deportiva con carácter temporal.
· Inhabilitación para competir en World Padel Tour entre 4 y 15 torneos en categoría masculina.
· Expulsión definitiva del World Padel Tour.
En el caso de los gestos, en el supuesto de que sean consideradas acciones distintas, podrían tener cabida en el apartado C del punto 1 del artículo 23 que detalla “las obscenidades audibles o visibles, que no sean constitutivas de otra infracción de carácter muy grave” (a los efectos de este apartado, se entenderá por obscenidad audible el uso de palabras comúnmente conocidas y entendidas como de mala educación u ofensivas, siempre que sean dichas claramente y con suficiente fuerza para ser oídas por el juez-árbitro, espectadores, organizadores u otros participantes en el Torneo. Se entenderá por obscenidades visibles la realización de signos o gestos con las manos, cuerpo, paleta y/o bolas que comúnmente tengan significado obsceno u ofendan a gente razonable).
La comisión de este tipo de infracciones (siempre que no sean por dopaje) tiene tipificadas las siguientes sanciones en la normativa vigente:
· Amonestación pública.
· Multa de 500 a 3000 euros.
· Inhabilitación temporal para ocupar cargos en la organización deportiva.
· Inhabilitación para competir en World Padel Tour entre 1 y 4 torneos.
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Fernando Belasteguin y Pablo Lima disponen de un plazo de 10 días para presentar recurso e interponer alegaciones.
Preguntas sin respuestas
Más allá del resultado del citado expediente sancionador, resulta llamativo el tratamiento que World Padel Tour le está dando a este asunto.
El sábado, a través de Facebook y Twitter, la organización anunció que el Comité de Disciplina analizaría los hechos ocurridos el día anterior. Lo hizo a través de una publicación escueta de la que no hubo rastro alguno en la web del circuito.
Hoy martes, la organización ha limitado la comunicación acerca del inicio del expediente sancionar a un simple tweet en Twitter (no ha publicado nada en Facebook).
¿Qué hechos está juzgando? ¿Qué indicios son los que han llevado a abrir expediente sancionador? ¿Qué artículos son los que pueden haber sido vulnerados? ¿Quiénes componen el comité que estudia el caso?
Preguntas a las que World Padel Tour, de momento, ha decidido no dar respuesta.
Buen artículo!